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COMUNICADO CONJUNTO PROFESIONES SANITARIAS
Comunicado conjunto de los Consejos Generales de Dentistas, Enfermeros, Farmacéuticos, Médicos y Veterinarios, ante la pandemia del COVID-19.
Trabajos esenciales de los veterinarios ante la pandemia delcoronavirus
Documento elaborado por el Consejo General, relativo a los trabajos esenciales de los veterinarios ante la pandemia del coronavirus.
Prescripción sin necesidad de presencia física
Frente la actual crisis sanitaria, las limitaciones a la circulación por las vías públicas y el riesgo que supone para los clientes y los veterinarios atender consultas presencialmente en los centros veterinarios ?y en las explotaciones ganaderas, al amparo del artículo 8.8 del Código Deontológico para el ejercicio de la profesión Veterinaria del Consejo General de Colegios Veterinarios de España que establece que: ?No se deberá prescribir tratamientos u otros procedimientos sin haber realizado un examen directo y previo del paciente. No obstante, cuando el veterinario responsable conozca la información epidemiológica y/o clínica y lleve un seguimiento documentado de los animales, y lo pueda acreditar, podrá prescribir tratamientos sin necesidad de presencia física. En beneficio de esto, el veterinario no admitirá consultas, que impliquen una prescripción, realizadas exclusivamente por teléfono, carta o cualquier otro medio de comunicación.?, la Organización Colegial Veterinaria considera procedente que los veterinarios puedan atender animales mediante consultas a distancia cuando no se trate de procesos graves o cuyo retraso pueda conllevar efectos perjudiciales en la salud y/o el bienestar de los animales.
Para ello será preciso en el caso de clínicos de animales de compañía que se trate de un paciente del centro veterinario y que se disponga de la correspondiente historia clínica. Y del mismo modo, en el caso de clínicos de grandes animales y de explotaciones ganaderas, que se trate de animales tratados habitualmente por el veterinario y que éste conozca la información prevista en el citado precepto.
En tales casos, los veterinarios y las veterinarias podrán prescribir un tratamiento y emitir la correspondiente receta electrónica.
BOE 21-03-20 (INSTRUCCION MINISTERIO SANIDAD 19-03-20)
Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la atención de animales domésticos en la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicada en el BOE de 21 de marzo de 2020.
ANIMALES DOMÉSTICOS Y COVID-19 - CONSEJOS
La Organización Colegial Veterinaria-OCV ha editado un decálogo con información práctica sobre el coronavirus dirigido a propietarios de animales de compañía y clínicas veterinarias, con recomendaciones higiénicas básicas para evitar la propagación de la enfemedad y aclarar dudas. Es imprescindible que, por la gravedad de la crisis sanitaria, la ciudadanía siga este tipo de normas elementales con mayor celo, porque la contención de la pandemia exige la responsabilidad de todos.